viernes, 5 de febrero de 2016

05.02.15.- LA GUERRA DE LAS CÚPULAS SANITARIAS, ALGUNAS JUDICIALIZADAS.







¿QUE GUERRA?








1.- LA NOTICIA


LA VANGUARDIA vida

http://www.lavanguardia.com/vida/20160201/301823605324/guerra-medicos-enfermeros.html?utm_campaign=botones_sociales






GUERRA ABIERTA
La cúpula de los médicos anima a denunciar a los enfermeros que no “asuman sus funciones”
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   El decreto de prescripción de Alfonso Alonso enfrenta con dureza al colectivo médico y de enfermería





























Otro paso más en la guerra abierta entre médicos y enfermeros a cuenta del real decreto que aprobó a finales de año el ahora ministro de Sanidad en funciones, Alfonso Alonso. Si hace unos días, los enfermeros insistían en su negativa de realizar determinadas funciones relacionadas con la disposición de fármacos, como administrar vacunas, porque el texto así lo disponía (alegan que están sin cobertura legal), ahora son los médicos los que mueven ficha. Hoy mismo, el órgano supremo de los colegios médicos ha enviado una misiva a los facultativos recordando que si un enfermero no realiza las funciones habituales que le denuncien ante la dirección delcentro de salud, hospital o colegio de médicos.
El presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, Juan José Rodríguez Sendin, ha enviado a los miembros de la Asamblea General de la corporación médica unas consideraciones sobre la aplicación del Real Decreto de uso, indicación y autorización para la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. En el escrito, recuerda que la capacidad de prescribir fármacos sujetos a receta sigue siendo de médicos, odontólogos y podólogos, en el marco de sus competencias, tal y como establece la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios de 2006.
Según Sendin, la norma deja “perfectamente delimitado el campo de actuación y competencias de ambas profesiones” respecto a las responsabilidades de médicos y profesionales de enfermería en relación a los medicamentos sujetos por ley a prescripción médica, estableciendo que los profesionales de enfermería podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, mediante la correspondiente orden de dispensación.
Por todo ello, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos cree que el cuestionamiento de los enfermeros “es una dejación clara de su trabajo y un incumplimiento de sus deberes en cuanto garantes de la satisfacción de los intereses públicos”. En este sentido, señala que los médicos deben registrar siempre en la historia clínica las decisiones y ordenes de tratamiento que son de su competencia así como emitirlas y trasladarlas formalmente al profesional de enfermería, pero, “en ningún momento, deben asumir funciones que no les corresponden”.
Por ello, si algún facultativo observa “cualquier dejación de funciones de otros profesionales debe ponerlo en conocimiento de la dirección del centro de salud, hospital o colegio de médicos”.




2.-   CÚPULA JUDICIALIZADA




EL MUNDO
http://www.elmundo.es/andalucia/2016/01/04/56896ab8e2704e36168b45f5.html

El juzgado avala las informaciones sobre los cobros del ex presidente del Colegio de Médicos, que demandó a EL MUNDO
Carlos González Vilardell llegó a embolsarse hasta 3.000 euros en un solo día y hasta por acudir a una procesión religiosa.





El ex presidente del Colegio de Médicos de Sevilla, Carlos González Vilardell, llegó a cobrar hasta 3.000 euros al día en dietas, incluso por acudir a procesiones. Y, aunque no es delito, sí es «relevante» y tiene «interés social», según ha dictaminado el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla, que ha avalado cada una de las informaciones que publicó EL MUNDO de Andalucía sobre el escándalo de los cobros de Vilardell, que se vio forzado a dimitir ante las críticas de los colegiados.

El juzgado ha desestimado íntegramente la demanda que el ex presidente de los médicos sevillanos interpuso contra este diario y contra el periodista Chema Rodríguez, a los que reclamó una indemnización de 150.000 euros por los «daños y perjuicios» que, a su juicio, le causaron las noticias publicadas acerca de la investigación judicial que se abrió contra él a instancias, precisamente, de un grupo de facultativos.

No sólo eso, sino que, además, condena a González-Vilardell a pagar las costas del proceso.

En una sentencia dictada el pasado 23 de noviembre, el juez Sebastián Moya rechaza la reclamación de González-Vilardell al considerar que las informaciones sobre lo que se embolsaba del Colegio de Médicos no supusieron una intromisión en su vida privada. Al contrario, señala la resolución judicial, se referían a su actividad como presidente de la institución y su relevancia pública se justifica aún más desde el momento en el que existe un procedimiento penal, el que tramitó en su día el Juzgado de Instrucción 7.

«La actuación de juzgados y tribunales es, por definición, un asunto de interés público y, muy especialmente, los asuntos penales», dice el juez Moya, que destaca que en el caso de González-Vilardell existe «un claro interés general de la sociedad. Sobre todo, argumenta, porque «su conocimiento permite al ciudadano una mejor forma de participación en la vida social».

Los cobros existieron


Aunque el procedimiento judicial contra el ex presidente del Colegio de Médicos terminó archivándose, recuerda la resolución del Juzgado de Primera Instancia 2, eso no significa que los hechos no sucedieran, que Vilardell no cobrase ingentes cantidades en concepto de dietas o que cargase a la institución hasta los gastos derivados de la compra de medicamentos.

También, añade el juez, existieron los regalos que hacía con dinero del colegio o los despidos de trabajadores y la contratación de familiares.

Basándose en todo ello, concluye que EL MUNDO y el periodista que firmó la mayoría de las informaciones han demostrado en todo momento «una actitud tendente hacia la verdad, participando al público de los distintos avances de la investigación penal». Hasta el punto de que, cuando fue archivada, también se divulgó.

Sin embargo, explica, el hecho de que la Justicia no encontrase responsabilidades penales en la actuación del ex presidente de los médicos no significa que sus polémicas dietas no tuviesen ya relevancia pública, sino todo lo contrario.

En cuanto a la fiabilidad de las informaciones, destaca el juez que éstas se basaron en la denuncia interpuesta por los colegiados y la extensa documentación que adjuntaron: notificaciones de despidos;justificantes de cantidades percibidas de
 Asesorías de Colegiación Médica; facturas; certificados de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF de Vilardell...

A todo lo anterior hay que sumar que, a juicio del magistrado, no se aprecia asomo de manipulación de la información obtenida y publicada por este periódico.
Tanto EL MUNDO como el periodista Chema Rodríguez, concluye la resolución del juzgado de primera instancia, «actuaron con diligencia y buena fe».










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